Estudio Jurídico: Dr. Jorge E. Pinto González Bonorino

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jueves, 9 de agosto de 2007

FUMADOR: PORQUE NO PELEARLA ?

FUMADOR: PORQUE NO PELEARLA?
SI EL CIGARRILLO YA LE HA COMPROMETIDO (COMO MINIMO) EN FORMA MUY SERIA SU LIBERTAD DE ELEGIR. SI YA LE ESTA OCASIONANDO SERIOS DAÑOS, DERIVADOS DE LA ENORME PREOCUPACION, QUE EN UD. Y SUS SERES QUERIDOS, LES CAUSA EL ENORME RIESGO A LA SALUD, EN EL QUE POSITIVAMENTE SABEN QUE UD. SE ENCUENTRA ATRAPADO. SI UD. PUEDE RECLAMAR A LAS TABACALERAS, POR SUS DERECHOS AFECTADOS, PERVIA OBTENCION DE UN BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS, QUE LO PRESERVA DE LOS POSIBLES RIESGOS ECONOMICOS QUE SE PUEDAN DERIVAR DE DICHO RECLAMO. LA PREGUNTA ES, PORQUE NO PELEARLA?.- SI UD. PELEA POR SUS DERECHOS CONTRA LOS CAUSANTES DE SUS SERIOS DAÑOS, QUIZAS ALGUN DIA, TAMBIEN SE ANIME A SALIR DE AQUELLA ADICCION EN LA QUE LO HAN METIDO, COMPROMETIENDO SERIAMENTE SU LIBERTAD DE ELECCION.-

4 comentarios:

Napalm QueEn DanGeroUs dijo...

Hola, muchas gracias por pasarse por mi blog.

Me estaba preguntando, si ya se realizan demandas por la infecciòn VIH equiparables con el Homicidio por que no pelear de manera similar en caso de contraer cance debido al tabaco, eso si la cuation va a ser que se determine que el cancer se contrajo por el tabaco y seguramente las tabacaleras se desligaran con que el fumador se hace un daño a si mismo y nadie lo obliga, o usted que opina? se que va mucho mas....

Dr. Jorge Eduardo Pinto Gonzalez Bonorino dijo...

Efectivamente, como dices, las tabacaleras aduciran la supuesta falta de prueba de la relacion causal existente entre el cancer y el tabaco, lo que no implica que, llegado el caso, se pueda discutir dicha cuestion en el juicio. No obstante, mi recomendacion es que se inicie el reclamo a las tabacaleras antes de llegar a contraer esa tremenda enfermedad u otras que, como bien sabemos, el cigarrillo puede causar. Aqui, sostengo que a las tabacaleras les va a ser muy dificil acreditar que el cigarrilo no produce una adiccion, y que la adiccion no es "ensi misma considerada" un claro daño a la salud, lo que significa, desde un punto de vista legal, la plena acreditacion de los presupuestos de la responsabilidad civil y con ello, la total vihabilidad del reclamo indemnizatorio en cuestion. Si a ello le sumamos que el cliente (si asi lo desea y acredita) se puede cubrir de los riesgos que todo juicio implica, con la obtencion de un beneficio de litigar sin gastos, resulta obvio que si no se intenta el reclamo indemnizatorio en cuestion, es mas porque no se quiere que porque no se pueda o resulta riesgoso su planteo.Atte.-

Dr. Jorge Eduardo Pinto Gonzalez Bonorino dijo...

Perdon, pero solo contesto temas en castellano. Atte. Dr. Jorge E. Pinto GB.

Anónimo dijo...

Me interes el tema de las tabacaleras. Mi mail es lucees@hotmail.com, no se donde debo dejarle mis datos. Ya tengo daño notorio en mis pulmones tras 30 y pico de años de adiccion. Gracias